¡VENDO, VENDO!

Derecho de autor y derecho editorial.

Hace unos meses, varios medios de comunicación informaron de que Bob Dylan vendía sus canciones. Fue una sorpresa, pero fueron apareciendo más nombres que vendían su catálogo. Neil Young, Shakira y hasta el productor Bob Rock ha vendido su participación en las canciones de Metallica. En España, Javier Álvarez sugirió que deseaba subastar los derechos de su canción  “La edad del porvenir” para sufragar la producción de su próximo disco.

Pero, ¿qué se vende realmente? ¿Qué significa vender una canción?

Veamos estos dos titulares:

Shakira vende todos los derechos de sus canciones”.

Paul Simon vende los derechos editoriales de todas sus canciones”.

Estos dos titulares son reales. En el primero, se da una información general donde no se explica qué parte de la canción se vende. Sin embargo, en el segundo ya se especifica perfectamente qué parte de la canción ha salido a la venta y no es toda la canción.

Para comprender esto tenemos que saber que una canción se divide en dos partes.

  1. Derecho de autor: la parte que corresponde al compositor.
  2. Derecho editorial: la parte que pertenece al o los propietarios de la canción, es decir, a la la editorial (lo que en inglés se llama Publishing) y que se encarga de gestionar, dinamizar, mover un repertorio. En España, la parte del derecho editorial no puede superar el 50% del total de la canción.

Normalmente, cuando leemos o escuchamos este tipo de noticias se habla de una forma muy general: “Fulanito se deshace de la mitad de su catálogo”, pero no se suele especificar qué parte de la canción cambia de manos. En el caso de Paul Simon sí que se ha detallado que él vende la parte editorial de las canciones. De hecho, lo vende a Sony Music Publishing, que no es la compañía de discos sino la parte editorial (Publishing) de Sony. Lo que no vende son los derechos de autor.

¿Y qué vendió Bob Dylan? TODO, absolutamente todo, las dos partes de la canción: el derecho editorial y también su parte de derechos de autor.

ATENCIÓN: en Europa, el derecho de autor es irrenunciable, no se puede vender.  Se hace, en partes, para proteger a los autores más débiles para que no se deshagan de canciones que, en un futuro, pueda generar muchísimo dinero. En España sólo puede venderse la parte de la canción que corresponde a la editorial.

Bob Dylan pudo vender sus derechos de autor porque la ley en Estados Unidos le ampara y, además, porque los derechos editoriales le pertenecían, eran suyos aunque de su gestión fuera de EEUU se encargase una gran empresa. Los derechos de The Beatles, sin embargo, pertenecían a Northern Songs LTD, que en 1969 las vendieron a ATV ¡(Sin avisar a los compositores!). Ya en la década de los 80, Michael Jackson -con el dinero fresco de las ventas de “Thriller-” los compró y ahora los tiene Sony ATV Music Publishing. Pero los derechos de autor son de los Beatles.

Hace unos años leímos esta noticia:

Paul McCartney demanda a Sony para recuperar los derechos de autor de The Beatles”.

A quien McCartney demanda realmente no es a Sony (discográfica) sino a Sony Publishing (editorial) y es imposible que reclame los derechos de autor puesto que son suyos y de los herederos de John Lennon. Lo que reclama son, efectivamente, los derechos editoriales de The Beatles.

En el próximo capítulo veremos otros dos términos que también aparecen con frecuencia en los medios: master o fonograma y royalti.